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Carta abierta al Borrador de Primaria

Desde AProMúsicA nos sentimos muy esperanzados ante el análisis del borrador de la Orden que ha llegado a manos del sector docente andaluz en lo que a la etapa de Primaria se refiere para el curso 22-23.

Nos sentimos reconfortados al haber tenido en cuenta varios de los aspectos tratados en la reunión del día 11 de abril de 2.022 celebrada en la Consejería de Educación con Dª Carmen Pilar García Montes, Jefa de Servicio de Ordenación de Enseñanzas de Régimen General, en concreto el hecho de que en futuras instrucciones para el curso 22-23 se indicara de manera explícita al profesorado especialista de música como el cualificado para impartir de manera global el área de artística, como así se ha reflejado en dicho borrador.

Por fin hay coherencia para nuestra área en el caso de la etapa de Primaria, que al igual que otras áreas como el inglés, bilingüe o educación física necesitan del personal especializado adecuado para impartirse. Y por fin, de esta manera, se le da el valor y la evaluación lógica a esta área, la cual nunca se debió dividir y repartir en multitud de docentes en un mismo centro en pro de una gestión logística, de horarios y del personal y no mirando por el bien del alumnado.

BORRADOR 1 (10/05/2022) Proyecto de Orden por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se determina el proceso de tránsito entre distintas etapas educativas.


CAPÍTULO II Organización curricular y oferta educativa


Artículo 7. Organización curricular de la etapa de Educación Primaria.


6. Teniendo en cuenta el artículo 93 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el área de Educación Artística, por incluir las enseñanzas de música, será impartida por maestros o maestras con la especialización o cualificación correspondiente.


Se abre de este modo un proceso de reflexión para el planteamiento organizativo en los centros de primaria para el siguiente curso por la que determinar si la plantilla actual de cada centro y en su caso, el personal nombrado por la especialidad de música, es suficiente para poder impartir el área de artística desde primero a sexto de manera completa, teniendo en cuenta los casos en los que este personal es además tutor y/o coordinador de algún plan o proyecto y/o pertenecen al equipo directivo.

¿Qué pasaría en estos casos? Desde la AProMúsicA pensamos que desde las diferentes ordenaciones y/o planificaciones educativas de cada provincia de nuestra comunidad deberían ser conscientes de este hecho y tenerlo en cuenta a la hora de proponer la plantilla a cada centro para el curso 22-23. No creemos que debieran ser los Equipos Directivos los que tuvieran que ser conocedores de este aspecto y cambiar perfiles de su plantilla para hacer efectivo lo que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación ya definía y aclaraba.

Esto no debiera depender de una horas de libre disposición de los centros, de su autonomía pedagógica en su proyecto educativo o de la importancia que le puedan dar a un área respecto a otra sino de una generalización de este hecho para toda la primaria y de un derecho del alumnado que la administración en su más alto nivel debe hacer efectivo.